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App para facturar.
Fuente: Afip y Cdor. Carlos Felice. Mayo 2019.
Se podrán regularizar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el día 31 de enero de 2019.
Se establece un régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema “Mis Facilidades”, aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, vencidas hasta el día 31 de enero de 2019, inclusive, con sus respectivos intereses y multas.
El régimen dispuesto por el presente título comprende los siguientes tipos de planes:
a) Deudas impositivas y previsionales -incluidas retenciones y percepciones impositivas- correspondientes a contribuyentes que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas inscriptas en el “REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES” creado por la Resolución N° 220 del 12 de abril de 2019 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo.
b) Obligaciones correspondientes al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), y/o al Régimen de Trabajadores Autónomos.
c) Deudas aludidas en el inciso a) de contribuyentes que no registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en el “REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES”.
La cancelación mediante los planes de facilidades de este régimen no implica reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 4.477.
>> Información Afip.
Nuevas categorías de facturación para ser PYME
Fuente: Argentina.gob.ar. Abril 2019.
Anunciaron las nuevas categorías de facturación para ser PYME en el país 15 ABRIL, 2019 ECONOMÍA.
El Ministerio de Producción y Trabajo publicó la actualización de topes para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categoría PyME.
A través de la Resolución 220/2019, la Secretaría de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción y Trabajo publicó la nueva clasificación para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categoría PyME.
Como Autoridad de Aplicación, la Secretaría se ocupa de revisar anualmente la definición de PyMEs a fin de actualizar los parámetros contemplados en la definición adoptada.
Respecto a la elevación del límite en la facturación anual se tomó en consideración las especificidades propias de los distintos sectores y la evolución reciente de los mismos. Para el sector de industria, por ejemplo, ahora se considera una microempresa la que facture en promedio durante los últimos años hasta $21.990.000, una pequeña hasta $157.740.000; una mediana tramo 1 hasta $986.080.000 y una mediana tramo dos hasta $1.441.090.000.
Además de actualizar las categorías se incorporan estos nuevos parámetros:
● Se agrega la opción de compartir datos a organismos privados, con el objetivo de facilitar el acceso a líneas especiales de financiamiento, simplificar trámites y propiciar la transparencia. Las PyMEs que no opten por compartir información no perderán los beneficios fiscales comprendidos en el Registro PyME.
● Se simplifica y se agiliza el trámite de PyMEs integrantes de un grupo económico.
● Se unifica el cuerpo normativo PyME con el agrupamiento de las resoluciones PyME, de Categorización y de Certificado PyME para facilitar el acceso y gestión.
Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley PyME como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal.
App para facturar.
Fuente: Cdor. Carlos Felice. Abril 2019.
Con esta herramienta no solo es posible facturar desde el celular cumpliendo con las normas vigentes. También transforma el teléfono en la puerta de entrada a un sistema de gestión que te permite administrar y controlar tu negocio.
>> Visitar sitio del proveedor.
Proyecto de Ley ✔ Blanqueo Laboral.
Fuente: Cdor. Carlos Felice. Abril 2019.
Nuevo Proyecto de Ley sobre Blanqueo Laboral: Regularización del Empleo. No Registrado, Lucha Contra la Evasión en la Seguridad Social, Registración Laboral.
Podrán regularizarse en el marco del presente régimen, las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley.
>> Descargar PDF.