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Gobierno impulsará plan de 12 cuotas sin interés para sacar de la crisis a las fábricas de heladeras y lavarropas.
Fuente: iProfesional.
en el Gobierno están avanzando contrarreloj para poner en marcha un plan que permita reactivar a uno de los sectores que más está sufriendo la fuerte caída del consumo: el de línea blanca.
la Secretaría de Comercio, dependiente del Ministerio de Producción, comandada por Dante Sica, está terminando de darle forma a un proyecto que busca incentivar las ventas de heladeras y lavarropas de bajo consumo eléctrico a través de un régimen de 12 cuotas sin interés.
Así como el Gobierno está avanzando con el sector textil en un paquete de instrumentos tendientes a reactivar a un sector que se está viendo duramente castigado por el bajón de la demanda, ahora la mira está puesta en las fábricas –la mayoría de ellas Pymes- que producen artículos del hogar.
Qué es la Factura de Crédito Electrónica para pymes.
Fuente: Ignacio Online y Afip.
Con el objetivo de lograr el impulso al financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, el gobierno nacional implementó un mecanismo financiación mediante la factura de crédito electrónica.
Por eso, todas las micro, pequeñas y medianas empresas que actúen como proveedoras de empresas grandes, quedan obligadas a emitir factura de crédito electrónica para respaldar esas operaciones.
La PYME emite la FCE y la empresa grande que recibe la FCE puede:
- Cancelar la factura
- Rechazarla
- Aceptarla dentro de los 30 días
- Pasados los 30 días la aceptación es tácita
Una vez que empresa valida y acepta la Factura, la pyme podrá elegir entre esperar el cobro por parte de la empresa grande o transferirla a una cuenta comitente registrada en la Caja de Valores.
En este último caso, la factura conformada podrá ser a partir de ahí negociada, tanto en el sector financiero como en el mercado de capitales.
A la fecha de vencimiento la firma automotriz transferirá el importe al CBU de la Caja de Valores, que le pagará al inversor que la posea.
Detección contratación de mano de obra que importen graves violaciones.
Fuente: Ignacio Online y AFIP.
Que por medio de la Resolución General citada en el VISTO, esta Administración Federal estableció el procedimiento aplicable para los casos en los que, a partir de operativos de fiscalización realizados en el marco de su competencia, se detecten situaciones de contratación de mano de obra que importen graves violaciones a las normas previsionales, laborales o sobre higiene y seguridad en el trabajo, que puedan implicar la comisión de cualquiera de los delitos relativos a la libertad de los trabajadores involucrados, tipificados en el Libro Segundo, Título V, Capítulo I, Artículos 140, 145 bis y 145 ter del Código Penal de la Nación, en la Ley N° 26.364 sobre Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistenciaa sus Víctimas, o en los tratados y convenciones internacionales sobre derechos humanos incorporados al inciso 22 del Artículo 75 de la Constitución Nacional.
TASA DE INTERESES RESARCITORIOS Y PUNITORIOS.
Fuente: Contadores en interacción.
Por medio de la Resolución 50/2019 del Ministerio de Hacienda se establece que la tasa de interés resarcitorio mensual vigente en cada trimestre calendario, será la efectiva mensual equivalente a uno coma dos (1,2) veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a ciento ochenta (180) días del Banco de la Nación Argentina vigente el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre y la de los punitorios será la efectiva mensual equivalente a uno coma cinco (1,5) veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a ciento ochenta (180) días del Banco de la Nación Argentina vigente el día veinte (20) del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre.”
La tasa de interés diaria a aplicar resultará de dividir la tasa mensual que corresponda por treinta (30).”
Las nuevas tasas resultarán de aplicación desde el 1° de abril de 2019.
Entre el 1 de marzo de 2019 y el 31 de marzo de 2019, la tasa de interés resarcitorios será del 4,5% mensual y la del interés punitorio del 5,6%) mensual.
Ganancias. Cuarta Categoría.
Fuente: Cdor. Carlos Felice y AFIP.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció una serie de modificaciones en la reglamentación del régimen de retención del impuesto a las ganancias de cuarta categoría, es decir para empleados y/o jubilados con vigencia desde el 1 de enero de 2019.
Las referidas modificaciones fueron oficializadas mediante la Resolución General 4.396 y en uno de sus puntos establece la obligación de presentar el formulario de liquidación anual del impuesto por parte del agente de retención en forma digital a través del SIRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias).
En tal sentido, el fisco determinó que los agentes de retención deberán presentar las liquidaciones, con “Clave Fiscal”, mediante transferencia electrónica de datos a través del servicio denominado “Presentación de DDJJ y Pagos” del sitio “web” de AFIP, en los casos y plazos que se indican en la resolución.
Casas particulares, contribuciones AFIP.
Fuente: Cdor. Carlos Felice y AFIP.
Desde el devengado Enero 2019 se incrementan los aportes y contribuciones de los trabajadores de casas particulares, con excepción de la cuota de ART de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de la Resolución General AFIP N° 4.180.
La mencionada resolución fijó los importes para el año 2018 y estableció en dicho artículo que los importes de aportes y contribuciones, con excepción de los correspondientes a la Cuota de Riesgo del Trabajo, se incrementarán anualmente en forma automática, en igual proporción y en la misma oportunidad en que se realice la actualización de las cotizaciones previsionales fijas correspondientes al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. A tales efectos, los nuevos valores que surjan de dicha actualización resultarán de aplicación a partir del periodo devengado enero de cada año.
Como sabemos, para el año 2019 el coeficiente de actualización del monotributo fue del 28,47% teniendo en cuenta los índices de movilidad jubilatoria del año 2018. Con lo cual, los aportes y contribuciones al régimen de trabajo en casas particulares se incrementan en la misma proporción.